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¿Qué son?

El Comité de Consulta y Participación Ciudadana es un organismo auxiliar de carácter consultivo y propositivo integrado por gente representativa de la sociedad, cuyo fin es ser el eslabón entre la Sociedad y los integrantes del Consejo Municipal de Seguridad Pública; para participar activamente en la generación de propuestas que promueven la prevención de la violencia y delincuencia, la prevención social, la cultura de paz, la legalidad, el respeto a los derechos humanos y la cohesión social; además podrá sugerir medidas específicas para mejorar la función de las instituciones de seguridad.

Es consultivo porque actúa como proveedor de información para la elaboración de diagnósticos y propositivo porque sus acuerdos no son vinculativos.


                         
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Objetivo

Fomentar la participación de la sociedad para coadyuvar en la implementación y evaluación de las políticas públicas de Prevención del Delito y Seguridad Pública.

 

¿Quiénes los integran?

A convocatoria por parte del H. Ayuntamiento, los integran:

Representantes de los diferentes sectores de la sociedad civil;

Representantes de las Asociaciones de padres de familia y los planteles escolares públicos o privados;

Representantes de las Instituciones Educativas;

Miembros de los clubes de servicio y demás organismos sociales intermedios;

Miembros de instituciones u organizaciones de protección civil y de auxilio a la comunidad;

Representantes de corporaciones de servicios privados de seguridad;

Representantes de organizaciones gremiales;

En el caso de los Comités en lugares con población indígena por representantes de organizaciones que el derecho consuetudinario confiera funciones de vigilancia y previsión; y

En general a miembros de organizaciones civiles interesadas en contribuir a mejorar la Seguridad Pública en su comunidad.

 

​Funcionamiento

Habrá un Comité en cada Consejo Municipal de Seguridad Pública, quien deberá constituir formalmente a los comités respectivos, en los que el Presidente Municipal elegirá una mesa directiva integrada por:​

Presidente;

Secretario; y

El número de vocales que determine cada Consejo.

Los cargos de integrantes de los Comités de Consulta y Participación Ciudadana serán honoríficos, no tendrá funciones de autoridad por lo que su finalidad primordial será la de coadyuvar para formular planteamientos a las instancias correspondientes y Consejos Municipales de Seguridad Pública, particularmente sobre prevención del delito, acciones de vigilancia y seguridad.

​El Comité podrá sesionar cuando menos una vez cada 2 meses, las cuales se denominaran sesiones ordinarias, mismas que serán publicas salvo, que la naturaleza del asunto justifique su privacidad.​​


                         
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